Arrendamiento de espacios

Preguntas frecuentes


¿Los inmuebles que están disponibles para ser arrendados cuentan con algún documento que avale el estado físico o jurídico?

Todos los inmuebles están avalados jurídicamente para la renta.


¿El precio es por espacio y la renta es mensual?

Sí, el precio de renta es por espacio, es decir 1 o 190 metros cuadrados cuestan lo mismo, de igual manera el precio de la renta no incluye impuesto alguno.


¿Cuál es la cantidad máxima que se puede solicitar para ser arrendada?

190 metros cuadrados.


¿Al final del contrato de quién es la infraestructura instalada dentro del inmueble?

Al finalizar el contrato, la infraestructura sigue siendo propiedad del arrendatario.


¿El solicitante cómo puede darle seguimiento a su solicitud?

El sistema te brinda la bondad de poder darle seguimiento tu solicitud en el momento que lo requieras, pero puedes contactar al área de DGAPIF del Instituto INDAABIN, si así lo requiere.


¿Existe la opción de que el contrato se realice de forma impresa y se firme físicamente?

No, el sistema contempla que el proceso sea electrónico de punta a punta.


¿Existe alguna penalización por incumplimiento del contrato?

Las condiciones para la rescisión del contrato y penalizaciones, están especificadas de manera clara dentro del mismo documento.


¿Es un contrato único o es particular para cada inmueble?

Existen 2 versiones, una versión es para persona moral y otra es para persona física. El contrato es el mismo para todos los inmuebles.


¿En qué momento se realiza el inicio del cobro de la renta del espacio del inmueble?

Una vez que el solicitante firma electrónicamente el contrato.


¿Es necesario contar con la FIEL para realizar una solicitud?

El solicitante debe contar con la FIEL que el SAT proporciona, esto debido a que el sistema no maneja firmas autógrafas.


¿Qué es bandeja de entrada?

Es una interfaz que te permite acceder a las diferentes tareas asignadas del sistema ARES.


¿Cómo sabré en qué momento revisar mi bandeja de entrada para dar seguimiento a mis solicitudes?

Cuando la solicitud entra en tu bandeja de entrada, el sistema envía un correo electrónico indicando la acción que tienes que realizar según la etapa en la que se encuentre la solicitud.


¿Cuántos inmuebles puedo agregar a una solicitud?

Se puede añadir un máximo de 25 inmuebles por solicitud.


¿Puedo hacer más de una solicitud para el mismo inmueble?

Sí, el área de DGAPIF determinará si procede o no dichas solicitudes.


¿Como me registro para poder accesar en el sistema y realizar solicitudes?

Es necesario que te presentes por única vez en el INDAABIN con la documentación solicitada según el tipo de persona que seas (física o moral), se realizará un cotejamiento de la información presentada y se procederá a realizar un registro.
Si cumples con todos los requisitos te será proporcionado un usuario y contraseña. Con esta información podrás ingresar al sistema y comenzar a generar solicitudes.